El máximo tribunal ordenó eliminar publicaciones anónimas contra un estudiante universitario y entregar los datos disponibles para identificar a los responsables de las cuentas. El fallo abordó los límites entre libertad de expresión, anonimato, privacidad y derecho de defensa.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció nuevos criterios sobre el uso de cuentas de Instagram y Facebook para realizar denuncias o “escraches” virtuales. El máximo tribunal ordenó eliminar determinadas publicaciones contra un estudiante universitario y que la plataforma entregue los datos disponibles para identificar a los titulares de las cuentas desde las que fueron difundidas.
La causa se inició a partir de una acción de hábeas data presentada por un estudiante de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP). El joven había sido mencionado en publicaciones anónimas que utilizaban su fotografía y lo calificaban como “abusador”, “machista” y “manipulador psicológico”. Los posteos también incluían referencias a una relación sentimental.
El estudiante sostuvo que las publicaciones eran falsas y que afectaban su honor, intimidad e imagen. Por eso solicitó que fueran eliminadas y pidió información que permitiera identificar a quienes administraban las cuentas para eventualmente iniciar acciones judiciales.
Qué resolvió la Corte
La Corte revocó una decisión de la Cámara Federal de La Plata, que había considerado que las publicaciones constituían un discurso de denuncia política sobre un tema de interés público y que el estudiante, por su actividad militante, podía ser considerado una figura pública.
El máximo tribunal rechazó ese criterio. Los jueces consideraron que participar en organizaciones sociales o tener actividad pública en determinados ámbitos no convierte automáticamente a una persona en una figura pública ni implica renunciar a la protección de su privacidad.
Otro de los puntos centrales fue el anonimato. La Corte reconoció que puede cumplir una función relevante para quienes necesitan denunciar situaciones de violencia de género, pero señaló que esa protección no puede impedir que una persona acusada pueda ejercer su derecho de defensa.
En ese sentido, el fallo sostuvo que cuando una acusación difundida de manera anónima queda limitada a un “escrache público virtual” y no se traduce en una denuncia formal ante organismos administrativos o judiciales, pueden entrar en conflicto el derecho a denunciar y las garantías de quien es señalado.
La violencia de género y el interés público
La Corte también analizó el argumento vinculado con el interés público de las denuncias de violencia de género.
El tribunal reconoció que se trata de una problemática de relevancia social, pero señaló que ese interés no habilita por sí solo a exponer detalles de la vida privada o sentimental de una persona, especialmente cuando no existe una denuncia formal de un delito ni mecanismos para verificar las acusaciones.
De esta manera, el fallo no establece una prohibición general de publicar denuncias en redes sociales ni elimina la posibilidad de recurrir al anonimato. La decisión se refiere a las circunstancias particulares del caso y establece criterios sobre el equilibrio entre libertad de expresión, privacidad, anonimato y derecho de defensa.
Qué deberán hacer las plataformas
A partir de la resolución, Facebook Argentina SRL deberá eliminar las publicaciones identificadas en el expediente y proporcionar la información disponible que permita determinar quiénes eran los titulares de las cuentas involucradas.
La Corte aclaró que la identificación de los administradores de las cuentas no implica anticipar una responsabilidad civil o penal de quienes realizaron las publicaciones. El objetivo es permitir que la persona afectada pueda conocer quiénes están detrás de las acusaciones y, eventualmente, recurrir a la Justicia.
El caso abre así un nuevo capítulo en la discusión sobre cómo se aplican derechos constitucionales tradicionales —como la libertad de expresión, la privacidad y el derecho de defensa— en el ámbito de las redes sociales.







