A través de un decreto, el Ejecutivo introdujo reformas en el procedimiento para nominar integrantes de la Corte Suprema, el Procurador General y el Defensor General. Se eliminan instancias administrativas, se acortan plazos y se digitaliza parte del proceso.
El Gobierno nacional oficializó este martes una serie de modificaciones en el mecanismo de selección de candidatos para integrar la Corte Suprema de Justicia, así como para los cargos de Procurador General y Defensor General de la Nación. La medida fue establecida mediante el decreto 467/2026 y busca agilizar el proceso de designación reduciendo tiempos administrativos y adaptándolo a herramientas digitales.
Entre los cambios más relevantes figura la eliminación de la instancia previa de observaciones ciudadanas que se realizaba en el ámbito del Ministerio de Justicia antes del envío de los pliegos al Senado. Según el Ejecutivo, ese procedimiento duplicaba controles que ya existen durante el tratamiento legislativo.
De esta manera, las organizaciones y particulares seguirán pudiendo presentar observaciones o impugnaciones sobre los candidatos, aunque lo harán exclusivamente en el marco del debate parlamentario.
Los cambios más importantes
La reforma introduce una serie de modificaciones en el procedimiento de nominación:
- Se elimina la etapa administrativa de observaciones e impugnaciones en el Ministerio de Justicia y toda la participación ciudadana se concentrará en el Senado.
- La publicación de antecedentes y postulaciones dejará de hacerse en diarios de circulación nacional.
- La información de los candidatos se difundirá a través del Boletín Oficial y del sitio web del Ministerio de Justicia.
- Se reducen distintos plazos administrativos con el objetivo de acelerar la cobertura de vacantes.
- Los postulantes dispondrán de cinco días para presentar sus declaraciones juradas patrimoniales, incluyendo bienes propios, de sus cónyuges o convivientes, del patrimonio conyugal y de sus hijos menores de edad, conforme a la legislación vigente.
Nuevos plazos para los informes de ARCA
El decreto también incorpora modificaciones respecto de la intervención de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Si bien se mantiene la obligación de verificar la situación tributaria y previsional de los candidatos, ahora el organismo deberá emitir esos informes en un plazo máximo de cinco días.
Además, la normativa aclara que durante ese procedimiento deberá preservarse el secreto fiscal de la información relevada.
Se eliminan criterios orientativos de la normativa anterior
Otro de los aspectos que cambia es que el nuevo decreto no reproduce las recomendaciones incluidas en la reglamentación de 2003, que sugerían contemplar criterios de diversidad de género, especialización jurídica y representación regional al momento de proponer candidatos para el máximo tribunal.
Desde el Gobierno sostienen que la reforma apunta a simplificar el procedimiento, evitar superposiciones burocráticas y agilizar la designación de funcionarios judiciales, manteniendo el control institucional que ejerce el Senado a través del análisis de los pliegos y las audiencias públicas.







