El Concejo Municipal sesiona en la Escuela «25 de Mayo»

Los legisladores locales declararán de interés municipal los 100 años del establecimiento y abordarán otros seis proyectos más que forman parte del orden del día.

Este jueves 22 de mayo a las 9:00 hs, la sesión ordinaria del Concejo Municipal se realizará en el salón de actos de la Escuela Nº 1.075 «25 de Mayo», ubicada en Kaiser 363 del barrio Malvinas Argentinas, en el marco de su 100º aniversario y contará con la participación de autoridades educativas y alumnos que cursan el nivel inicial.

Los legisladores locales declararán de interés municipal los 100 años del establecimiento y abordarán otros seis proyectos más que forman parte del orden del día. Esta iniciativa surge del reglamento interno del cuerpo legislativo, que en su artículo 10 establece que los concejales deberán sesionar al menos tres veces fuera de la sala de sesiones dentro del año legislativo, en a instituciones educativas, clubes o vecinales.

*Declarar de interés municipal el centenario de la Escuela «25 de Mayo» (Lisandro Mársico): fue fundada en 1925 por Modesto Verdú, inmigrante español que llegó a la Argentina en busca de nuevas oportunidades. Sin haber tenido una formación académica convencional, supo abrirse a la enseñanza, primero como maestro en el Colegio «San José» y luego como impulsor de su propio proyecto educativo, según los considerandos.

Verdú estuvo al frente del colegio hasta su fallecimiento en 1964, momento en que asumió la conducción su hijo, el Dr. Mario Verdú. La continuidad familiar sostuvo la identidad institucional y permitió enfrentar los cambios y desafíos que trajo el tiempo.

La inesperada muerte del en ese momento Diputado Nacional Mario Verdú en 1993 significó un quiebre importante, ya que abrió un período de incertidumbre sobre el futuro de la institución. Fue gracias al esfuerzo conjunto de docentes, familias, exalumnos y la comunidad, que se logró evitar su cierre. A partir de allí se creó la Asociación Civil «Maestro Modesto Verdú», que permitió reorganizar la estructura institucional y dar nuevos pasos.

Uno de los más importantes fue la mudanza al barrio Malvinas Argentinas, donde la escuela encontró un nuevo lugar desde el cual proyectarse. Con el apoyo del Municipio, el Concejo, vecinos y diversas instituciones, se construyó el edificio actual, lo que permitió garantizar la continuidad educativa. Esta decisión fortaleció el arraigo en el sector oeste de la ciudad, donde la escuela cumple hasta hoy un rol educativo y social fundamental.

En 2009 se creó la escuela secundaria, ampliando la oferta educativa e integrando trayectorias completas. La institución cuenta con nivel Inicial, Primario y Secundario, y recibe a estudiantes de los barrios Malvinas Argentinas, Los Nogales, Martín Fierro, Güemes e Independencia.

El acto principal será el miércoles 28 de mayo a las 20:15 hs en el Cine «Belgrano», al que asistirán alumnos, exalumnos, colaboradores y la comunidad educativa.

*Adherir a la Ley Provincial Nº 14.297 «Ley Chachi» (Unidos para Cambiar Santa Fe): adoptando las medidas necesarias para su implementación en el ámbito municipal. El Órgano Ejecutivo Municipal deberá desarrollar un servicio digital, telefónico y en redes sociales, gratuitas y accesibles, destinado a brindar contención, información y asesoramiento sobre los recursos existentes en materia de prevención del acoso y la violencia digital.

Se hará extensiva la información y se coordinarán acciones con el Observatorio Provincial de Violencia de Género y otros organismos pertinentes, a fin de elaborar estadísticas confiables que permitan evaluar el impacto de la «Ley Chachi» en nuestro territorio.

*Modificar el art. 9 de la Ordenanza Nº 4.141 ruidos molestos (Juntos por el Cambio y Unidos para Cambiar Santa Fe): los niveles de sonido dentro de los locales mencionados en los artículos 6° y 7° de la presente ordenanza serán regulados sobre la fuente de audio mediante dispositivos electrónicos diseñados para tal fin, con el objeto de registrar el nivel sonoro continuo equivalente máximo ambiente, conforme al Artículo 7º. El responsable de la emisión de sonido, sea o no propietario del local, deberá contar con el mencionado dispositivo a fin de utilizarlo en cada oportunidad que se desarrolle actividad con emisión de sonido y deberá conservar el registro por si el ente de control lo solicita. El DEM establecerá por vía reglamentaria las condiciones de instalación y técnicas que deberán poseer los dispositivos y el tiempo que se deberá conservar la información. Las personas físicas y/o jurídicas titulares y/o responsables de la emisión de sonidos en los locales mencionados en los artículos 6° y 7° que se encuentren en funcionamiento deberán instalar el dispositivo electrónico mencionado en un plazo no mayor a 90 días, contados desde la reglamentación de la Ordenanza.

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